Mi Práctica Pedagógica
INTRODUCCIÓN
En este marco se define la educación inicial como derecho
impostergable de la primera infancia, que se constituye en elemento
estructurante de una atención integral que busca potenciar, de manera
intencionada, el desarrollo integral de las niñas y los niños, partiendo
Introducción del reconocimiento de sus características y de las
particularidades de los contextos en que viven y favoreciendo, al mismo tiempo,
las interacciones que se generan en ambiente enriquecidos a través de
experiencias pedagógicas y prácticas de cuidado. Asumir la educación inicial
como un estructurante de la atención integral a la primera infancia implica
reconocer la existencia de un entramado de elementos que configuran el
desarrollo integral del ser humano en estos primeros años de vida, razón por la
cual las acciones de educación inicial, en el marco de la atención integral,
están configuradas por los elementos de salud, nutrición y alimentación, además
de los aspectos vinculados al desarrollo de las capacidades de las niñas y los
niños, los comportamientos, las relaciones sociales, las actitudes y los
vínculos afectivos, principalmente. Mientras la educación preescolar, básica y
media organiza su propuesta a través de la enseñanza de áreas específicas o del
desarrollo de competencias, entre otros, la educación inicial centra su
propuesta en el desarrollo y atención de la primera infancia.
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